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Informe INTERNACIONAL SOBRE LIBERTAD RELIGIOSA - 2003
Espa�a
La Constituci�n garantiza la libertad religiosa y
generalmente el gobierno respeta este derecho en la pr�ctica. No hay una
religi�n de Estado. Sin embargo, la Iglesia Cat�lica goza de algunos
privilegios frente al resto de confesiones.
Durante el periodo cubierto por este informe, no se produjo
ning�n cambio en la situaci�n de respeto a la libertad religiosa, y la pol�tica
del gobierno continu� contribuyendo a la libre pr�ctica de la religi�n.
Las relaciones generalmente amistosas entre las religiones
presentes en la sociedad contribuyeron a la libertad religiosa.
El gobierno estadounidense trata con el gobierno del pa�s
los asuntos relativos a la libertad religiosa como parte de su pol�tica global
de fomento de los derechos humanos.
Secci�n I. Demograf�a religiosa
El pa�s tiene un �rea total de 194.897 millas cuadradas y
su poblaci�n es de 42,7 millones de habitantes aproximadamente.
El Centro de Investigaciones Sociol�gicas (CIS), agencia
estatal aut�noma, recoge estad�sticas sobre las tendencias religiosas en la
sociedad. En diciembre de 2003, una encuesta del CIS inform� que el 81% de los
ciudadanos se considera cat�lico; sin embargo, el 42% afirm� que no es
practicante. Entre los no cat�licos, el 11,6% se declar� agn�stico, el 4,1%
ateo y aproximadamente el 2% practicante de una religi�n diferente a la cat�lica.
La Conferencia Episcopal espa�ola (CEE) estima que hay
aproximadamente 37 millones de cat�licos en el pa�s. La Federaci�n de Entidades
Religiosas Evang�licas (FEREDE) representa a 350.000 protestantes espa�oles,
pero calcula que hay 800.000 protestantes extranjeros, en su mayor�a europeos,
que residen en el pa�s al menos seis meses al a�o. La Federaci�n Espa�ola de
Entidades Religiosas Isl�micas (FEERI) calcula que los musulmanes se aproximan
al mill�n, incluyendo a los inmigrantes legales y a los ilegales. Seg�n la
�ltima estimaci�n del Ministerio del Interior (2002), 600.000 personas hab�an
llegado de pa�ses predominantemente musulmanes. En marzo, el Instituto Nacional
de Estad�stica inform� que, seg�n las encuestas realizadas en enero de 2003, los
inmigrantes marroqu�es constituyen aproximadamente el 21% del total de los
inmigrantes legales; 375.767 marroqu�es residen legalmente en Espa�a. En
Catalu�a, la poblaci�n marroqu� es de 126.686 personas. Los lugares que le
siguen en concentraci�n de inmigrantes marroqu�es son Madrid (56.137), Andaluc�a
(50.047), Valencia (30.078), Murcia (29.648), Islas Baleares (12.650), Castilla-La
Mancha (12.168), Islas Canarias (11.611), Extremadura (8.371), Arag�n (7.025) y
Melilla (5.857); en otras zonas las concentraciones son de menos de 5.000
marroqu�es. Sin embargo, se cree que 200.000 marroqu�es sin papeles pueden
estar viviendo en el pa�s. Fuentes locales informan que en Espa�a residen entre
40.000 y 50.000 jud�os, y aproximadamente 9.000 budistas practicantes.
En mayo, el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio
de Justicia inclu�a 12.017 entidades creadas por la Iglesia Cat�lica y 1.328
Iglesias, confesiones y comunidades no cat�licas, entre ellas 1.041 entidades
protestantes. Entre las entidades protestantes hab�a 277 Iglesias carism�ticas,
128 Asambleas de hermanos, 255 Iglesias baptistas, 98 Iglesias pentecostales, 37
Iglesias presbiterianas, 1 Iglesia evang�lica de Filadelfia, 10 entidades de la
Iglesia de Cristo, 1 entidad del Ej�rcito de Salvaci�n, 18 Iglesias anglicanas,
61 Iglesias interconfesionales, 35 Iglesias para la atenci�n a los extranjeros,
1 Iglesia Adventista del S�ptimo D�a, 3 Iglesias adventistas de reforma y otras
120 Iglesias evang�licas. Adem�s, hab�a tambi�n 9 entidades ortodoxas, 4
entidades de Cristo cient�fico, 2 entidades de los Testigos de Jehov�, 1 entidad
de la Iglesia de Jesucristo de los Santos del �ltimo D�a (mormones), 1 entidad
de la Iglesia de Unificaci�n, 10 entidades de otras confesiones cristianas, 16
entidades del juda�smo, 236 del islam, 11 de la fe baha'i, 3 del hinduismo, 19
del budismo y 2 de otras confesiones.
Secci�n II. Estado de la libertad religiosa
Marco legal/pol�tico
La Constituci�n garantiza la libertad religiosa y
generalmente el gobierno respeta este derecho en la pr�ctica. El gobierno en
todos los niveles se esfuerza por proteger totalmente este derecho y no permite
que sea vulnerado por el gobierno o por agentes particulares. La discriminaci�n
por motivos religiosos es ilegal.
El art�culo 16 de la Constituci�n garantiza la libertad
religiosa y de culto de los individuos y los grupos. Tambi�n afirma que
�ninguna confesi�n tendr� car�cter estatal�. Sin embargo, el gobierno concede
ciertas ventajas de financiaci�n p�blica a la Iglesia Cat�lica que todav�a no
han sido puestas a disposici�n de otras entidades religiosas en la pr�ctica.
Estas ventajas se derivan de cuatro acuerdos firmados con la Santa Sede en
1979. Incluyen asuntos econ�micos, de educaci�n religiosa, militares y
judiciales. La Iglesia Cat�lica recibe financiaci�n a trav�s de contribuciones
fiscales voluntarias y pagos directos. Los contribuyentes pueden seleccionar
una casilla en el formulario de la declaraci�n sobre la renta para aportar hasta
un 0,5% de sus impuestos a la Iglesia Cat�lica. En 2003, los contribuyentes
aportaron 127,2 millones de d�lares (135 millones de euros) a la Iglesia
Cat�lica. Adem�s de las aportaciones voluntarias de los contribuyentes, el
gobierno proporcion� a la Iglesia Cat�lica 33,6 millones de d�lares m�s (28
millones de euros). Esta cantidad no inclu�a la financiaci�n p�blica para los
profesores de religi�n de los colegios p�blicos, los capellanes castrenses y de
hospital y otras ayudas indirectas.
Los representantes de las fes protestante, jud�a e isl�mica
firmaron acuerdos bilaterales con el gobierno en 1992. Las entidades
protestantes firmaron el acuerdo como Federaci�n de Entidades Religiosas
Evang�licas de Espa�a (FEREDE), las entidades jud�as como Federaci�n de
Comunidades Israelitas de Espa�a (FCIE) y las entidades isl�micas como Comisi�n
Isl�mica de Espa�a (CIE). La CIE est� formada por dos federaciones: la FEERI,
Federaci�n Espa�ola de Entidades Religiosas Isl�micas, y la UCIDE, Uni�n de
Comunidades Isl�micas de Espa�a. En abril de 2003, el gobierno ampli� el
concepto de �notorio arraigo� para permitir que otros grupos religiosos, como
los testigos de Jehov� y los mormones, firmaran acuerdos bilaterales. Al final
del periodo cubierto por este informe, ni los testigos de Jehov� ni los mormones
hab�an comenzado a negociar con el gobierno.
Las festividades religiosas de car�cter nacional son la
Epifan�a (6 de enero), el Jueves Santo, el Viernes Santo, la Asunci�n (15 de
agosto), Todos los santos (1 de noviembre), la Inmaculada Concepci�n (8 de
diciembre) y la Navidad (25 de diciembre); algunas comunidades celebran d�as
festivos de car�cter religioso local. Los d�as festivos de car�cter religioso
nacional no tienen un efecto negativo en otros grupos religiosos. En los
acuerdos de cooperaci�n de 1992 con la Federaci�n de Comunidades Israelitas de
Espa�a (FCIE) y la Comisi�n Isl�mica de Espa�a (CIE), el gobierno acord�
reconocer los d�as festivos jud�os y musulmanes. El acuerdo de 1992 con la
FEREDE da cabida a entidades protestantes, como los Adventistas del s�ptimo d�a,
que celebran el s�bado como Sabbath, d�ndoles la tarde del viernes libre con
sueldo.
La Ley de Libertad Religiosa de 1980 pone en pr�ctica la
libertad religiosa garantizada por la Constituci�n. La ley de 1980 establece un
r�gimen jur�dico y ciertos privilegios para las organizaciones religiosas. Para
gozar de las ventajas de este r�gimen, las organizaciones religiosas deben estar
inscritas en el Registro de Entidades Religiosas que mantiene la Oficina de
Asuntos Religiosos del Ministerio de Justicia, que es actualizado con
regularidad. Para inscribirse en el registro del Ministerio de Justicia, las
agrupaciones religiosas deben presentar documentaci�n que acredite que son una
religi�n. Si la solicitud de un grupo es rechazada, puede apelar la decisi�n
ante los tribunales. Si se considera que no se trata de una religi�n, puede ser
incluido en el Registro de Asociaciones que mantiene el Ministerio del
Interior. La inclusi�n en el Registro de Asociaciones concede un car�cter legal
tal como autoriza la ley que regula el derecho de asociaci�n. Las religiones no
reconocidas oficialmente, como la Iglesia de la Cienciolog�a, son tratadas como
asociaciones culturales. Tras las decisiones de los tribunales en 2001 y 2002,
la Iglesia de la Cienciolog�a continu� tratando de obtener la categor�a oficial.
La primera secci�n del Registro de Entidades Religiosas,
denominada "secci�n especial", contiene una lista de entidades religiosas
creadas por la Iglesia Cat�lica y una lista de Iglesias, confesiones y
comunidades no cat�licas que tienen un acuerdo de cooperaci�n con el Estado.
Las di�cesis y parroquias cat�licas no est�n obligadas a inscribirse para gozar
de las ventajas seg�n la ley de 1980. Sin embargo, los monasterios cat�licos y
las comunidades, asociaciones y fundaciones religiosas cat�licas pueden
inscribirse voluntariamente para participar en el r�gimen jur�dico.
Los l�deres de las comunidades protestante, musulmana y
jud�a informan que est�n tratando con la Oficina de Asuntos Religiosos del
Ministerio de Justicia la ampliaci�n de las ventajas fiscales y la financiaci�n
p�blica, la apertura de nuevos lugares de culto y la calidad de la educaci�n
religiosa; en concreto, est�n buscando financiaci�n p�blica comparable a la que
recibe la Iglesia Cat�lica. Todos los grupos religiosos minoritarios han
solicitado al gobierno que modifique el formulario del impuesto sobre la renta
para permitir que los contribuyentes tengan la opci�n de donar un porcentaje de
sus impuestos a entidades no cat�licas. Al final del periodo de este informe,
se estaban llevando a cabo estas negociaciones. En general, el gobierno no pone
ninguna restricci�n legal a la apertura de nuevos lugares de culto; sin embargo,
en ocasiones los representantes de grupos religiosos minoritarios tienen
dificultades para ello, la mayor�a de las veces debido a la resistencia de
grupos de vecinos. Los l�deres musulmanes y protestantes tambi�n han exigido al
gobierno que proporcione m�s apoyo a la educaci�n religiosa p�blica de sus fes
respectivas. La CIE ha propuesto presentar una lista de profesores de fe
isl�mica para que el Ministerio de Justicia considere su contrataci�n en
colegios de secundaria para ense�ar la parte de los estudios de religi�n
relativa al islam. La FEREDE tambi�n est� presionando para que haya m�s
profesores no cat�licos en las clases de religi�n.
En general, los colegios p�blicos ofrecen clases de
educaci�n religiosa que abarcan temas del catolicismo, del islam, del
protestantismo y del juda�smo. Dichas clases no son obligatorias. Existen
colegios para estudiantes cat�licos, protestantes, musulmanes y jud�os.
Limitaciones a la libertad religiosa
La pol�tica y la pr�ctica del gobierno contribuyeron a la
pr�ctica generalmente libre de la religi�n.
La federaci�n isl�mica, FEERI, inform� que el proceso para
la obtenci�n de permisos de construcci�n de nuevas mezquitas puede resultar
dif�cil y largo, especialmente si se trata de solares en el centro de las
ciudades. Seg�n la FEERI, en ocasiones se deben construir las nuevas mezquitas
en zonas suburbanas menos visibles, debido principalmente a la resistencia de
grupos de vecinos. Sin embargo, en 2003 se termin� de construir una gran
mezquita en Granada. La FEERI inform� que las estudiantes musulmanas que se
cubren la cabeza con un pa�uelo no han tenido problemas con las normas escolares
relativas a la indumentaria. El gobierno ha mantenido de manera coherente que
el derecho a la educaci�n tiene prioridad sobre la aplicaci�n de normas
relativas al modo de vestir.
El gobierno proporciona financiaci�n para los capellanes
cat�licos castrenses, de prisiones y de hospital. Los acuerdos bilaterales de
1992 reconocen el derecho de los miembros protestantes y musulmanes de las
fuerzas armadas a los servicios religiosos, seg�n las necesidades de dichos
servicios y sujetos a la autorizaci�n de sus superiores. Seg�n los acuerdos,
los servicios han de ser proporcionados por los ministros e imanes aprobados por
las federaciones religiosas y autorizados por el mando militar. Sin embargo,
los l�deres protestantes y musulmanes contin�an informando que no existen normas
militares que pongan en pr�ctica los acuerdos de 1992. Los l�deres musulmanes
informan que generalmente los funcionarios de prisiones permiten que los imanes
visiten a los presos musulmanes, pero no que celebren servicios religiosos en
las instalaciones de la prisi�n.
No hubo informes de presos o detenidos por motivos religiosos.
Conversi�n forzada a otra religi�n
No hubo informes de conversiones forzadas a una religi�n,
incluyendo a los menores estadounidenses que hubieran sido secuestrados o
sacados ilegalmente de EE.UU., ni de la denegaci�n del permiso a dichos
ciudadanos para ser devueltos a EE.UU.
Violaci�n de la libertad religiosa por parte de organizaciones terroristas
Durante el periodo de este informe, no se registraron
violaciones de la libertad religiosa de religiones concretas por parte de
organizaciones terroristas.
Section III. Actitudes de la sociedad
Las relaciones generalmente amistosas entre las religiones
presentes en la sociedad contribuyeron a la libertad religiosa. En ocasiones,
el crecimiento de la poblaci�n inmigrante en el pa�s cre� fricci�n social, que
en casos aislados tuvo un componente religioso. Muchos ciudadanos culpan a los
inmigrantes marroqu�es recientes del aumento de la tasa de delincuencia en el
pa�s. En ocasiones, estas opiniones se traducen en un sentimiento antimusulm�n.
No se document� un aumento de la violencia contra los musulmanes tras los
atentados terroristas del 11-M en Madrid. A los l�deres musulmanes les
preocupaba que los reportajes de los medios de comunicaci�n parecieran asociar
la religi�n isl�mica a los atentados terroristas. Tambi�n expresaron su
preocupaci�n por la discriminaci�n en materia de vivienda y empleo.
En mayo de 2002, un incendio provocado quem� una iglesia
evang�lica en Arganda del Rey, en la Comunidad de Madrid. Anteriormente, la
iglesia, cuyos fieles eran en su mayor�a rumanos, hab�a sido objeto de pintadas
contra los inmigrantes. La polic�a detuvo a cuatro j�venes que, seg�n el
alcalde de la localidad, estaban vinculados a un grupo ultraderechista. Ninguno
de los cuatro j�venes fue llevado a juicio y fueron puestos en libertad.
Durante el periodo de este informe, y de manera espor�dica, la iglesia fue
atacada con piedras por j�venes sin identificar. Los funcionarios policiales
investigaron estos sucesos, pero no realizaron detenciones.
En Barcelona, dos sinagogas, pertenecientes a la Comunidad
Jud�a de Barcelona y a la Comunidad Jud�a Atid, fueron da�adas en varias
ocasiones en los �ltimos a�os y, de nuevo, en marzo. Entre los actos de
vandalismo hubo pintadas antisemitas. Los grupos tambi�n informaron que eran
observados por grupos extremistas locales. El gobierno regional respondi�
aumentando la seguridad en el centro.
El 27 de mayo, la polic�a catalana detuvo a tres l�deres de
un grupo neonazi llamado C�rculo de Estudios Indoeuropeos (CEI). Los tres
miembros del CEI fueron detenidos, acusados de pertenencia a una asociaci�n
il�cita opuesta a los derechos fundamentales y las libertades p�blicas de los
ciudadanos de la comunidad internacional. La polic�a y los l�deres de la
comunidad jud�a cre�an que estos l�deres estaban implicados en los ataques
contra la sinagoga en marzo. Uno de los detenidos fue acusado de asociaci�n
il�cita. La polic�a puso en libertad sin fianza a uno de los l�deres, en
libertad bajo fianza a otro y al tercero en libertad con una orden de
comparecencia ante el tribunal en julio.
Los l�deres de B'nai B'rith han insinuado que ha aumentado
el tono antisemita en los comentarios y las vi�etas pol�ticas de los peri�dicos,
as� como las muestras p�blicas de antisemitismo en acontecimientos deportivos
importantes. Citaron el ejemplo de un partido de f�tbol celebrado en Madrid
tras los atentados del 11-M. Algunos participantes en el partido llevaban
esv�sticas y otros emblemas nazis y tambi�n desplegaron una pancarta con
descalificaciones antisemitas.
Secci�n IV. Pol�tica del gobierno estadounidense
El gobierno estadounidense trata con el gobierno del pa�s
los asuntos relativos a la libertad religiosa como parte de su pol�tica global
de fomento de los derechos humanos. Los funcionarios de la Embajada se re�nen
tambi�n con l�deres religiosos de diversas confesiones.
La Embajada ha facilitado intercambios entre asociaciones
religiosas estadounidenses y locales para fomentar el di�logo y promover la
tolerancia religiosa.
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